¡DISCUTIÓ CON SU HIJO, INCENDIÓ LA COCINA ALCOHOLIZADO Y LA JUSTICIA LO MANDÓ AL PSICÓLOGO!
Crónicas del Este 11/09/2017 Política
Un verdadero drama familiar de los tantos que lamentablemente se viven en el centro de los hogares de nuestro país se puso en conocimiento de la policía cuando un hombre de 26 años desesperado llamó al servicio de emergencias 911, ya que su padre habría prendido un fuego en la cocina de su casa, tras una discusión entre ambos.
Al concurrir el móvil policía, el pirómano se encontraba en un estado de desacato, por lo que fue derivado a la Unidad Especializada en Violencia Doméstica de Maldonado, en calidad de detenido.
Según las averiguaciones realizadas, el incendio fue intencional, ya que además el peligroso sujeto se encontraba alcoholizado y ofuscado con su ex pareja.
Sometido ante la justicia la Juez Penal Subrogante de 4to turno, dispuso el procesamiento sin prisión del uruguayo de iniciales J.A.R.G. de 54 años, por la comisión de un delito de incendio, imponiéndosele como medida sustitutiva a la prisión la obligación de someterse a tratamiento psicológico por el lapso de 6 meses y su concurrencia a alcohólicos anónimos para su tratamiento de adicción al alcohol.
Un verdadero drama familiar de los tantos que lamentablemente se viven en el centro de los hogares de nuestro país se puso en conocimiento de la policía cuando un hombre de 26 años desesperado llamó al servicio de emergencias 911, ya que su padre habría prendido un fuego en la cocina de su casa, tras una discusión entre ambos. Al concurrir el móvil policía, el pirómano se encontraba en un estado de desacato, por lo que fue derivado a la Unidad Especializada en Violencia Doméstica de Maldonado, en calidad de detenido. Según las averiguaciones realizadas, el incendio fue intencional, ya que además el peligroso sujeto se encontraba alcoholizado y ofuscado con su ex pareja. Sometido ante la justicia la Juez Penal Subrogante de 4to turno, dispuso el procesamiento sin prisión del uruguayo de iniciales J.A.R.G. de 54 años, por la comisión de un delito de incendio, imponiéndosele como medida sustitutiva a la prisión la obligación de someterse a tratamiento psicológico por el lapso de 6 meses y su concurrencia a alcohólicos anónimos para su tratamiento de adicción al alcohol.
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